La regulación de la doble conformidad: una deuda estatal

Medellín - Envigado Ciencias sociales, derecho y ciencias políticas
16/12/2019

El pasado 3 de diciembre de 2019, la Comisión Primera del Senado aprobó, en primer debate

El pasado 3 de diciembre de 2019, la Comisión Primera del Senado aprobó, en primer debate, el polémico proyecto de ley 32 de 2019 que le permitiría al exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, tener una doble instancia en su proceso penal.

El mayor de los propósitos de un estado de derecho es que el poder este subordinado al derecho. De esta manera la ley se presenta como una protección del ciudadano ante la arbitrariedad del poder político. Para este fin, uno de los mayores desafíos se presenta cuando la ley asigna beneficios a unos individuos en favor de otros. Decía Bobbio que una de las formas de evitar estas vicisitudes del derecho, era con la promulgación y diseño de las leyes abstractas y generales.

La llamada "Ley Arias" promovida desde el mes de julio por el Centro Democrático, y anunciada desde el mes de abril por la cabeza de este partido ante las tragedias del exministro, ha sido acusada de ser un proyecto de ley diseñado a su medida.

De hecho, en el mes de marzo de 2019 antes de la extradición del exministro, el senador Álvaro Uribe anunció la presentación de este proyecto. Dicho plan permitiría la aplicación retroactiva a la garantía de la doble instancia – únicamente – para los aforados constitucionales. Con la extradición de Andrés Felipe Arias el Centro Democrático presenta un proyecto de ley que defendía la garantía de la doble instancia, esto es, la revisión de sentencias para aforados constitucionales.

Así, la propuesta del senador Uribe en el mes de marzo y de su partido en el mes de octubre comprendían solamente la retroactividad para la revisión de las sentencias de los aforados constitucionales en única instancia. Nada parecía indicar que promovería la impugnación de la primera sentencia condenatoria para los ciudadanos no aforados.

Las propuestas promueven la garantía de la doble instancia, pero no la doble conformidad. De esta manera es fácil advertir que este proyecto ha ofrecido soluciones particulares a necesidades de un sector político, pero ha descuidado los derechos y garantías de miles de ciudadanos no aforados, afectados también con decisiones judiciales.

La cantidad de voces en contra desde el ámbito político, académico, judicial llevo a que el pasado 02 de octubre el Centro Democrático presentará un pliego de modificaciones al proyecto de ley, y explícitamente determinó como objeto y ámbito de aplicación del mismo la garantía de la doble conformidad; es decir, amplio el margen de protección no solo a los aforados sino a todo ciudadano condenado a través de una sola decisión judicial fuera de primera instancia sin posibilidad de impugnación.

En la Comisión Primera del Senado, durante el primer debate sobre este el proyecto de ley, a inicios del mes de noviembre, se presentó una polémica entre el senador Gustavo Petro y Paloma Valencia; en donde el primero denunciaba de inmoral que a sus partidarios "un presidente de Colombia quiera resolverles sus problemas judiciales (…) y que estén tratando de utilizar el Congreso para ello".

El origen de este proyecto tiene un tufillo absolutamente personal. Del sistema penal se predica su sentir desigual, selectivo y discriminatorio, lo que agrava y pone en jaque el principio de legalidad que busca garantizar el Estado de derecho. No obstante, la modificación a la propuesta, que viene consolidando el Centro Democrático, más allá de tener un interés particular pone de presente la omisión del Estado colombiano en ofrecer una garantía en el proceso penal, la cual ha sido reclamada en normatividades internacionales suscritas por Colombia.

En ese orden de ideas, la propuesta que busca garantizar la doble conformidad en el proceso penal en Colombia está acorde a los principios de un Estado democrático y constitucional, pues exige la regulación de un recurso que exija someter ante otro ente jurisdiccional toda condena impuesta en única o fuera de primera instancia a un ciudadano o a un aforado constitucional en pro de sus derechos a la libertad, a la presunción de inocencia, a la defensa y al debido proceso.

MAYORES INFORMES

​Oficina de Comunicaciones, campus Medellín


AUTORES


Jose Luis González Jaramillo
Profesor tiempo completo | Medellín
Magíster en Derecho​



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