Protocolo Animales de Compañía


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  • ​Entendemos como universidad y como mandato legal la relación entre los seres humanos y las demás especies del mundo animal, tomando en consideración que estas últimas, se conciben como seres sintientes y deben recibir especial protección. Según sentencia C-343 de 2017 de la Corte Constitucional.

  •  La Universidad diferencia aquellos animales de compañía que cuentan con el reconocimiento de apoyo emocional (AAE), considerándolos como aquellos que brindan un beneficio terapéutico a una persona con una discapacidad de salud mental o psiquiátrica.​​



  •  Este protocolo tiene la finalidad de establecer los lineamientos mínimos y necesarios que cualquier persona de la comunidad universitaria o visitantes, deben observar cuando se requiera ingresar a las instalaciones de la institución acompañados de un animal de compañía que cuente con el reconocimiento de apoyo emocional (AAE).

  •  Solo se aceptarán ejemplares caninos para brindar el apoyo emocional (AAE), y únicamente se permitirá el acceso a las aulas de clase, siempre que así conste en la recomendación médica que presente.

  •  Cada campus, de manera coordinada y con el acompañamiento de la dirección nacional de Infraestructura Física, velarán por la implementación de este protocolo.​